El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado el Decreto que regula las ayudas para paliar los daños provocados por los incendios en zonas declaradas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil. La convocatoria cuenta con dos millones de euros de presupuesto.
Las ayudas se dirigen a titulares de explotaciones agrarias situadas en las zonas afectadas y servirán para compensar pérdidas de cultivos, ganado y pastos.
Hasta 3.700 euros por hectárea y 4.050 euros por animal
El decreto establece diferentes cuantías en función de los daños. En el caso de los cultivos, se contemplan 600 euros por hectárea de cereal afectada y 3.700 euros por hectárea de cultivos leñosos.
Para el ganado perdido, muerto o sacrificado como consecuencia del fuego, la compensación será de 421 euros por cabeza de ovino o caprino, 4.050 euros por cada bovino o equino y 70 euros por colmena.
Explotaciones ganaderas extensivas
También habrá ayudas para explotaciones ganaderas extensivas que hayan perdido o no puedan utilizar sus pastos.
En estos casos se subvencionará la alimentación de los animales entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de marzo de 2027, con 0,50 euros diarios por animal de ovino-caprino y 2,50 euros diarios por bovino-equino. A estas cantidades se aplicará un coeficiente en función del porcentaje de pastos realmente afectado.
Cinco grandes incendios
Las ayudas afectan a explotaciones perjudicadas por cinco incendios incluidos en el decreto. Son los de Hinojosa de Calatrava y Retuerta del Bullaque, en Ciudad Real; La Mierla y Selas, en Guadalajara; y Burgohondo-Almorox, que afectó a Ávila y Toledo.
El decreto destaca especialmente el incendio de La Mierla, al que califica como el mayor incendio forestal por superficie arrasada en Castilla-La Mancha, mientras que el de Burgohondo-Almorox motivó el 23 de julio la primera declaración de una emergencia de interés nacional provocada por un incendio.
La norma señala que los incendios ocasionaron importantes daños en las explotaciones agrícolas y ganaderas. A las pérdidas directamente ocasionadas por las llamas se sumaron las consecuencias de los confinamientos y evacuaciones, así como la pérdida de superficies de pasto y las limitaciones para desarrollar con normalidad la actividad agraria.
Diez días hábiles para solicitar las ayudas
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural deberá publicar en su sede electrónica, en un plazo de cinco días hábiles, la relación de titulares de explotaciones afectadas cuyos daños hayan sido previamente comprobados.
A partir de la publicación de esa relación, los afectados dispondrán de diez días hábiles para presentar telemáticamente la solicitud.
También podrán pedir las ayudas quienes, aun no apareciendo en ese listado, cumplan los requisitos establecidos y acrediten los daños mediante documentación sobre los animales afectados, declaración de superficies, fotografías georreferenciadas, peritaciones u otros documentos probatorios.
La Dirección General de Ordenación Agropecuaria tendrá un máximo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del decreto para resolver el procedimiento.
Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas regionales, nacionales o procedentes de fondos agrícolas europeos y con las indemnizaciones de los seguros, siempre que la suma recibida no supere el 100% de los daños ocasionados.
Entre las obligaciones de los beneficiarios figura, además, mantener la explotación ganadera hasta el 31 de marzo de 2027 y conservar durante las cinco campañas siguientes un seguro agrario o ganadero adecuado a la orientación productiva de la explotación.

