La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha ha abierto oficialmente el plazo para que agricultores y ganaderos puedan adaptar sus solicitudes de ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) correspondientes a la campaña 2026.
Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el plazo estará abierto hasta el próximo 31 de agosto.
La medida permite a los beneficiarios corregir posibles incidencias detectadas durante los controles preliminares, administrativos y de monitorización realizados sobre la Solicitud Única presentada para acceder a los pagos directos y a determinadas intervenciones de desarrollo rural integradas en el Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC).
Los agricultores podrán consultar los controles efectuados sobre sus expedientes y presentar las modificaciones correspondientes mediante los procedimientos habilitados específicamente para ello.
La normativa autonómica se apoya en el marco regulador europeo de la PAC y en el Real Decreto 1048/2022, que establece la posibilidad de que los beneficiarios adapten sus solicitudes una vez concluidos los periodos ordinarios de modificación, especialmente cuando los controles cruzados o los sistemas de monitorización detectan posibles incumplimientos o discrepancias en las parcelas declaradas.
Además de las adaptaciones derivadas de los controles, la resolución contempla la posibilidad de subsanar deficiencias, corregir omisiones o modificar determinados datos siempre que el solicitante haya actuado de buena fe y realice las correcciones antes de ser informado de la realización de un control sobre el terreno o de que la administración adopte una decisión sobre la ayuda solicitada.
Asimismo, la Administración podrá corregir errores manifiestos detectados en las solicitudes o en la documentación justificativa aportada por los beneficiarios, siempre que dichos errores sean evidentes en los controles administrativos y exista una evaluación individualizada de cada caso.
Visita de campo
La Dirección General también aclara que no podrán acogerse a este procedimiento de adaptación aquellas solicitudes que estén siendo objeto de una visita de campo dentro del sistema de monitorización o de controles de requisitos no monitorizables cuando dichos controles hayan determinado algún incumplimiento.

